Reforma laboral: qué cambió en las vacaciones y cómo se calcula el pago

Con la temporada de verano en el horizonte, la reforma laboral aprobada este año modificó tres aspectos clave del régimen de vacaciones: el plazo de aviso previo pasó de 45 a 30 días, los trabajadores pueden dividir su descanso en tramos de mínimo siete días y es posible acordar fechas fuera de la ventana habitual de octubre a abril. La cantidad de días según antigüedad y el cálculo del sueldo vacacional no registraron cambios.
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La reforma a la Ley de Contrato de Trabajo modificó el artículo 154 y actualizó las condiciones bajo las cuales empleadores y empleados organizan el descanso anual. Los cambios apuntan a flexibilizar la coordinación de fechas y la distribución de los días, sin alterar los derechos fundamentales del trabajador.

El aviso previo para comunicar el inicio de la licencia se redujo de 45 a 30 días, y debe hacerse por escrito. Sin embargo, los convenios colectivos pueden fijar plazos distintos: los empleados de comercio, por ejemplo, tienen un aviso de 60 días. Conviene consultar el convenio que rige cada actividad antes de planificar.

Una de las novedades más prácticas es la posibilidad de fraccionar las vacaciones. En lugar de tomar todos los días juntos, se pueden distribuir en distintos períodos a lo largo del año, siempre que cada tramo dure al menos siete días corridos. Un trabajador con 21 días disponibles puede, por ejemplo, tomar 14 en enero y los siete restantes en otra época. Esta alternativa requiere acuerdo con el empleador; la empresa no puede imponerla de manera unilateral.

Del mismo modo, las partes pueden acordar tomar vacaciones fuera del período general que abarca del 1 de octubre al 30 de abril. Si existe conformidad entre ambos lados, la licencia puede organizarse en cualquier momento del año.

La reforma también incorporó una regulación para los casos de enfermedad durante las vacaciones. Si una dolencia impide disfrutar los días previstos, esos días no se pierden: deben reprogramarse una vez superada la situación. Para activar esta protección, el trabajador debe comunicar la enfermedad en tiempo y forma y someterse al control médico que indique la empresa.

Lo que no cambió es la escala de días según antigüedad, que se mide al 31 de diciembre de cada año. Tampoco se modificó el cálculo del pago: el sueldo mensual se divide por 25 y el resultado se multiplica por los días de vacaciones. Para un salario de 1.500.000 pesos y 14 días de licencia, el valor diario es de 60.000 pesos y el total previo al descanso asciende a 840.000 pesos. Ese importe debe abonarse antes de que comience la licencia.

La norma mantiene la prohibición de reemplazar los días de descanso por dinero mientras continúa la relación laboral. Solo al finalizar el vínculo corresponde liquidar las vacaciones proporcionales no utilizadas. Por otra parte, es posible acumular hasta un tercio de los días de vacaciones del período anterior que no se hayan tomado, siempre con acuerdo de ambas partes.

¿Ya coordinaste con tu empleador cómo vas a organizar las vacaciones este verano?

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