Estación de servicio condenada por cargar nafta en un auto diésel: pagará más de $7 millones

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino ordenó a una estación de servicio abonar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil en octubre de 2022. El error destruyó el motor del vehículo. La condena incluye daño material, daño moral, lucro cesante por la falta de uso del rodado y una multa civil por la respuesta que dio la empresa frente al reclamo.
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El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022 en una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires. Un joven de 26 años llegó a cargar gasoil por $2.000 en su Renault Clio diésel. El empleado despachó nafta por error. Al salir del surtidor, el vehículo comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció la equivocación.

El automóvil fue trasladado sin encender hasta un taller cercano. Tras las tareas de revisión, el conductor retiró el vehículo, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no volvió a funcionar. La pericia mecánica producida en el juicio determinó que la nafta ingresada en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación. La reparación adecuada requería vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible, cambiar filtros y, en ciertos casos, reemplazar inyectores y la bomba.

La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y argumentó que los montos reclamados eran excesivos. El tribunal rechazó esa postura. Valoró el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe del perito para reconstruir la secuencia: el cliente pidió gasoil, pagó, y el error fue advertido dentro de la propia estación. El juzgado aplicó el principio de carga dinámica de la prueba: quien estaba en mejores condiciones de explicar qué ocurrió era la empresa, y no lo hizo.

La sentencia encuadró el caso como una relación de consumo y fijó la condena en cuatro conceptos. Por daño material, $3.500.000, tomando como base el presupuesto de reparación validado por el perito. Por la imposibilidad de usar el auto durante el período de reparación, $210.000. Por daño moral, $1.800.000, considerando las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio. Por daño punitivo, una multa civil de $1.500.000, orientada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.

La condena debe abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses corren desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. Las costas del juicio quedaron a cargo de la estación de servicio.

El caso pone en discusión cuánto le corresponde al consumidor verificar si una reparación fue correctamente realizada antes de retirar su vehículo. ¿Hasta dónde llega la responsabilidad del proveedor cuando el error es suyo pero las consecuencias se extienden en el tiempo?

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